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Ley Segunda Oportunidad:

Ley 25/2015 de mecanismo de segunda oportunidad y reducción de la carga financiera (Concurso de Acreedores de la persona física).

Se trata de una ley que permite cancelar y anular las deudas impagadas de personas físicas,  deudoras de “buena fe”, lo que supone toda una novedad ya que hasta ahora solamente las empresas contaban con un mecanismo legal para pedir y conseguir la exoneración de sus deudas.

Durante su tramitación, trataremos de llegar a un acuerdo extrajudicial con sus acreedores en un plazo aproximado de dos meses. Si este acuerdo no se produce, el deudor podrá declararse en concurso de acreedores.

Iniciado el procedimiento, el Juez practicará la liquidación de los bienes del deudor para hacer frente a las deudas o tendrá que declararse la conclusión del concurso por insuficiencia de masa.

 

Esta ley permite que las personas físicas, puedan comenzar de nuevo, sin tener que arrastrar una gran deuda a la que nunca puedan hacer frente y que no les permita progresar ni personal, ni económicamente.

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